Resolución MTSS N° 554/97
Fecha: 27/08/97
VISTO
la Ley N° 24.635, reglamentada por el Decreto N° 1.169 de fecha 16 de octubre de 1.996, la Resolución de la Secretaria de la Función Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros N° 132 de fecha 17 de julio de 1997 y la Resolución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social N° 264 de fecha 30 de abril de 1997, y
CONSIDERANDO
Que la Ley N° 24.635 crea el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria dependiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Que la Resolución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social N° 264/97 crea la Coordinación del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria que tendrá la funci6n de gestionar dicho servicio de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 24.635 y su Decreto Reglamentario N° 1.169/96.
Que es procedente cubrir el cargo de Coordinador del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria con un profesional que reúna los requisitos exigidos por la índole de las funciones a cumplir, hasta tanto se realice el concurso para cubrir el cargo con función ejecutiva homologado por la Resolución de la Secretaría de la Función Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros N° 132/97.
Que en tal sentido, resulta conveniente aclarar que el Coordinador del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria cumpla las funciones que el Decreto Reglamentario N° 1.169/96 asigna a su titular.
Que la presente medida se dicta conforme las facultades conferidas por el Decreto N° 101/85.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1°- Desígnase transitoriamente en el cargo de Coordinador del Servicio Nacional de Conciliación Laboral Obligatoria al Dr. Carlos Felipe de Aramburu (D.N.I. 12.769.410), a partir del día 8 de Agosto de 1997.
Artículo 2°- El Coordinador del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria tendrá a su cargo las funciones que el Decreto Reglamentario N° 1.169/96 asigna a su titular.
Artículo 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.